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Estacionamientos o parqueaderos
Definici贸n
PAR脕GRAFO. Los estacionamientos o parqueaderos ubicados en inmuebles de uso p煤blico, como parques, zonas verdes y escenarios deportivos o culturales, s贸lo podr谩n ser utilizados para el estacionamiento de veh铆culos con fines relativos a la destinaci贸n de tales bienes.
1. Constituci贸n de p贸liza de responsabilidad civil extracontractual, para la protecci贸n de los bienes depositados y las personas. En el recibo de dep贸sito del veh铆culo se informar谩 el n煤mero de la p贸liza, compa帽铆a aseguradora y el procedimiento de reclamaci贸n.
2. Expedir recibo de dep贸sito del veh铆culo al momento del ingreso, en el que se consigne el n煤mero de placa del veh铆culo y la hora de ingreso.
3. Ofrecer al conductor del veh铆culo la opci贸n de relacionar bienes adicionales al que deja en dep贸sito.
4. Cumplir con las tarifas establecidas por la autoridad distrital o municipal.
5. Cumplir los requisitos de car谩cter sanitario, ambiental y de tr谩nsito.
6. Contar con seguridad permanente, y de acuerdo con la clasificaci贸n del estacionamiento o parqueadero, con acomodadores uniformados con licencia de conducci贸n y con credenciales que faciliten su identificaci贸n por parte de los usuarios.
7. Se帽alizar debidamente la entrada y la salida de veh铆culos y demarcar el espacio que ocupa cada veh铆culo y los corredores de giro y movilidad.
8. Cumplir las exigencias para el desarrollo de actividades econ贸micas.
9. Adecuar o habilitar plazas para el estacionamiento de bicicletas.
Comportamientos que afectan la actividad econ贸mica
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Art铆culo 92. Los siguientes comportamientos relacionados con el cumplimiento de la normatividad afectan la actividad econ贸mica y por lo tanto no deben realizarse:
1. Vender, procesar o almacenar productos alimenticios en los sitios no permitidos o contrariando las normas vigentes.
2. No presentar el comprobante de pago, cuando a ello hubiere lugar, de obras musicales protegidas por las disposiciones legales vigentes sobre derechos de autor.
3. No comunicar previamente de la apertura del establecimiento, al comandante de estaci贸n o subestaci贸n de polic铆a de la jurisdicci贸n, a fin de facilitar posteriormente su labor de convivencia, de acuerdo al procedimiento que para tal fin se establezca.
4. Quebrantar los horarios establecidos por el Alcalde.
5. Desarrollar actividades diferentes a las registradas en el objeto social de la matr铆cula o registro mercantil.
6. Permitir el ingreso de personas o elementos en un n煤mero superior a la capacidad del lugar.
7. Entregar, enviar, facilitar, alquilar, vender, comercializar, distribuir, exhibir, o publicar textos, im谩genes, documentos, o archivos audiovisuales de contenido pornogr谩fico a menores de dieciocho (18) a帽os.
8. Almacenar, elaborar, poseer, tener, facilitar, entregar, distribuir o comercializar, bienes il铆citos, drogas o sustancias prohibidas por la normatividad vigente o las autoridades competentes.
9. Permitir o facilitar el consumo de drogas o sustancias prohibidas por la normatividad vigente o las autoridades competentes.
10. Propiciar la ocupaci贸n indebida del espacio p煤blico.
11. Tolerar, incitar, permitir, obligar o consentir actividades sexuales con ni帽os, ni帽as y adolescentes.
12. Incumplir las normas referentes al uso reglamentado del suelo y las disposiciones de ubicaci贸n, destinaci贸n o finalidad, para la que fue construida la edificaci贸n.
13. Instalar servicios el茅ctricos, hidr谩ulicos u otros especiales, sin previa autorizaci贸n escrita de la empresa de servicios p煤blicos respectiva.
14. Arrendar o facilitar un inmueble, contrariando las normas sobre el uso del suelo.
15. Cuando en el t茅rmino de dos (2) a帽os y en diferentes hechos, se incurra en dos o m谩s comportamientos contrarios a la convivencia que motivan la suspensi贸n temporal de actividad o la multa o se repita dicho comportamiento contrario en alguna de ellas.
16. Desarrollar la actividad econ贸mica sin cumplir cualquiera de los requisitos establecidos en la normatividad vigente.
17. Ofrecer servicios que son prestados por las entidades de apoyo al tr谩nsito, sin la debida autorizaci贸n, habilitaci贸n o reconocimiento por parte de las autoridades o entidades competentes.
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Art铆culo 93. Comportamientos relacionados con la seguridad y tranquilidad que afectan la actividad econ贸mica
1. No informar los protocolos de seguridad y evacuaci贸n en caso de emergencias a las personas que se encuentren en el lugar.
2. Auspiciar ri帽as o incurrir en confrontaciones violentas que puedan derivar en agresiones f铆sicas o esc谩ndalos.
3. Generar ruidos o sonidos que afecten la tranquilidad de las personas o su entorno.
4. Incumplir los protocolos de seguridad exigidos para el desarrollo de la actividad econ贸mica y el funcionamiento del establecimiento.
5. Omitir la instalaci贸n de mecanismos t茅cnicos de bloqueo por medio de los cuales los usuarios se puedan proteger de material pornogr谩fico, ilegal, ofensivo o indeseable en relaci贸n con ni帽os, ni帽as y adolescentes en establecimientos abiertos al p煤blico.
6. Permitir o tolerar el ingreso o permanencia al establecimiento abierto al p煤blico, de personas que porten armas.
7. No fijar la se帽alizaci贸n de los protocolos de seguridad en un lugar visible.
8. No permitir el ingreso de las autoridades de Polic铆a en ejercicio de su funci贸n o actividad.
9. Mantener dentro del establecimiento, mercanc铆as peligrosas, que no sean necesarios para su funcionamiento.
10. Comercializar, facilitar, almacenar, prestar, empe帽ar, guardar, tener o poseer elementos, sustancias o bienes de procedencia il铆cita.
11. Almacenar, tener, comercializar y poseer mercanc铆as, sin demostrar su l铆cita procedencia.
12. Enga帽ar a las autoridades de Polic铆a para evadir el cumplimiento de la normatividad vigente.
13. Utilizar, permitir, patrocinar, tolerar o practicar el pregoneo o actos similares en actividades de alto impacto que impidan la libre movilidad y escogencia del consumidor, en poblaciones superiores a cien mil (100.000) habitantes.
14. Limitar o vetar el acceso a lugares abiertos al p煤blico o eventos p煤blicos a personas en raz贸n de su raza, sexo, orientaci贸n sexual, identidad de g茅nero, condici贸n social o econ贸mica, en situaci贸n de discapacidad o por otros motivos de discriminaci贸n similar.
Art铆culo 94. Comportamientos relacionados con la salud p煤blica que afectan la actividad econ贸mica
1. Incumplir las normas o disposiciones de seguridad o sanidad, para el desarrollo de la actividad econ贸mica, de acuerdo con su objeto social, previo concepto de la autoridad especializada.
2. No separar en la fuente los residuos s贸lidos, ni depositarlos selectivamente en un lugar destinado para tal efecto.
3. Permitir el consumo de tabaco y/o sus derivados en lugares no autorizados por la ley y la normatividad vigente.
4. Permitir la permanencia de animales de cualquier especie que afecte las condiciones de higiene, salubridad y seguridad o que impida la correcta prestaci贸n del servicio de acuerdo con las disposiciones vigentes.
5. Comercializar en el establecimiento art铆culos de mala calidad, caducados o adulterados que puedan constituir peligro para la salud p煤blica.
6. Comercializar, almacenar, poseer o tener especies de flora o fauna que ofrezcan peligro para la integridad y la salud.
7. No retirar frecuentemente los residuos de las 谩reas de producci贸n o dep贸sito y no evacuarlas de manera que se elimine la generaci贸n de malos olores, y se impida el refugio y alimento de animales y plagas.
8. No facilitar la utilizaci贸n de los servicios sanitarios limpios y desinfectados a las personas que as铆 lo requieran, en los establecimientos abiertos al p煤blico y proveer de los recursos requeridos para la higiene personal.
9. No destruir en la fuente los envases de bebidas embriagantes.
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